“El pasado 30 de diciembre de 2014 el Gobierno de Aragón aprobó por medio de la Ley 14/2014 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en su artículo 35, la modificación de la Ley 17/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón, añadiendo una nueva disposición adicional segunda, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional segunda.

Al efecto, entre otros, de lo previsto en el artículo 5 de la presente Ley, en todas las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción deberán disponer en la propia instalación, mientras permanezcan abiertas y en servicio, al menos de una persona responsable de los servicios que en ellas se prestan, al objeto de garantizar el ejerciciio de los derechos reconocidos en esta Ley.

En el caso de personas con discapacidades físicas que les impidan el suministro en régimen de autoservicio, serán atendidas por una persona responsable de las instalaciones. Todo ello sin perjuicio de lo establecido para aquellas instalaciones que disfruten de un régimen especial de distribución y, en particular, las cooperativas que no presten servicios a terceros.”

La aprobación de esta modificación de la Ley 17/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios, supone un gran logro en la defensa de los consumidores y usuarios de Estaciones de Servicio en Aragón, especialmente en el caso de personas con discapacidad que no van a ver mermados sus derechos, y en protección de la seguridad personal de los consumidores . La proliferación de “gasolineras fantasma” sin asistencia alguna de personal pondría en peligro el mantenimiento de numerosos puestos de trabajos que las Estaciones de Servicio existentes se hubieran obligado a eliminar para poder competir en igualdad de condiciones con las EESS sin personal, fomentando con esta ley incluso la creación de nuevos puestos de trabajo.

AESAR, Asociación de Estaciones de Servicio de Aragón en representación de todas las EESS que representa, se congratula de la modificación de la Ley 17/2006 y reconoce al Gobierno de Aragón la responsabilidad y sensibilidad manifestada mediante la aprobación de esta normativa. Las estaciones de servicio con personal no solo atienden a los derechos fundamentales de consumidores y discapacitados, promoviendo puestos de trabajo en el sector, sino que cumplen otras funciones de vital importancia como son el transporte de mercancías peligrosas ADR (en la descarga de carburante desde el camión cisterna a la estación, o en el llenado de bidones o latas), y la actuación en situaciones de emergencia. FUENTE: AESAR.