Colaboradores de Confianza

Ir a Ceccato Ir a Glaç Ir a Munar
Ir a Adalmo Ir a Istobal Rivemes
Ir a Segrevest Ir a Dist. Rotger Ir a Grupo Piñeyro

El Gobierno no descarta nuevos impuestos a coches diésel

may15
2012
Deja tu cometario Escrito por Aesba2012

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no descarta proponer la instalación de un nuevo impuesto a los vehículos diésel porque son más perjudiciales para la calidad del aire que los de gasolina, aunque esto se abordará dentro de una “reflexión más global sobre fiscalidad verde”, según ha manifestado el titular de este departamento, Miguel Arias Cañete.

En rueda de prensa, el ministro ha asegurado que en estos momentos se está acometiendo un análisis “más amplio” y ha reconocido que hace unos meses el secretario de Estado intercambió posiciones con los consejeros autonómicos sobre “eventuales cambios” en la fiscalidad de los vehículos.

Sin embargo, ha afirmado que esto se discutirá en el marco de la Comisión Interministerial para el Cambio climático, donde en su momento Medio Ambiente llevará una propuesta “más elaborada que incluye también el impuesto de circulación”.

“En este momento el problema de las emisiones no es el CO2, sino que son los NOX y las partículas. El problema anterior ha cambiado. Ahora tenemos otros que tenemos que atajar”, ha apostillado.

Arias Cañete ha reconocido que su departamento “no es el competente” para poner en medida nuevas medidas de carácter tributario pero ha defendido que sí puede “impulsar el proceso de reflexión ministerial para calibrar la oportunidad de introducir cambios importantes en el sistema tributario”.

En todo caso, ha añadido que este es un tema a estudiar en un momento de escaso crecimiento económico, donde hay que medir muy mucho los esfuerzos adicionales que se piden a los sectores económicos para no agravar los procesos de destrucción de empleo. “Estamos en una reflexión, la vamos a poner encima de la mesa con otros ministerios y esperamos que se pueda avanzar”, ha concluido.
ESTRATEGIA DE BIODIVERSIDAD

EUROPA PRESS

Publicado en Sin categoría

Procedimiento para Devolución del Céntimo Sanitario.

may09
2012
Deja tu cometario Escrito por Aesba2012

El Boletín Oficial de Baleares del pasado día 31 de marzo publica el Decreto Ley 4/2012 de Medidas Tributarias para la Reducción del Déficit de la Comunidad Autónoma de Baleares. El cual entre otros aspectos, estable el gravamen autonómico del impuesto sobre las Ventas Minoristas Determinados Hidrocarburos, el denominado “Céntimo sanitario”, fijado en 48 euros por 1000 litros en los consumos de gasóleo y gasolina, y que se aplicará en Baleares a partir del 1 de mayo de 2012.

¿Quiénes tienen derecho a la devolución? Los titulares de los siguientes vehículos:

* los destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, tanto de servicios público como privado, que cuenten con autorización de transportes y tengan un PMA igual o superior a 7,5 toneladas.
* Los destinados al transporte de pasajeros incluidos en las categorías M2 o M3 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo ( vehículos de más de 8 plazas sentadas, además del conductor).
* Los taxis provistos de taxímetro.

El derecho de devolución tendrá como limite 50.000 litros por vehículo y año. Excepto los taxis que le corresponderán un máximo de 5.000 litros año.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución?
Se han de seguir los siguientes pasos:

1.- Inscripción en el censo de beneficiarios del gasóleo profesional.- Mediante una solicitud por internet en la dirección http//www.agenciatributaria.es en la que se identifique el beneficiario, la matrícula y el número de autorización de transporte del vehículo o empresa. Así como los datos de la cuenta bancaria en donde se transferirá la devolución.
2.- Pagar mediante “tarjeta profesional”.- Se debe utilizar ese medio para la compra de gasóleo en las estaciones de servicio. Estas tarjetas las expedirán las entidades emisoras de tarjetas previa autorización de la Agencia Tributaria. Cada tarjeta llevará impresa el nombre o razón social del titular y la matrícula del vehículo autorizado.
3.- Devolución del impuesto.- Se realizará por la Administración Tributaria en la cuenta bancaria designada por el beneficiario y en base a los suministros efectuados. Para lo cual los establecimientos de venta de gasóleo, así como las entidades emisoras de las tarjetas, habrán suministrado los correspondientes datos de los suministros.
4.- Obligación de información del beneficiario.- Asimismo, todos los beneficiarios de las devoluciones deberán presentar por internet, en la página de la Agencia Tributaria, durante el primer trimestre del año, una declaración comprensiva del número de kilómetros recorridos en el año anterior.

Publicado en Sin categoría
← Older Entries

Navegar por Aesba.net

  • Inicio
  • Registrarse
  • Contactar
  • Nuestros Servicios
    • Circulares
    • Normativas y Procedimientos
  • Eivissa
  • Formentera
  • Mallorca
  • Menorca

Menu Usuarios

  • Acceder
  • RSS de las entradas
  • RSS de los comentarios
  • WordPress.org

Empresas

  • BP España
  • Cepsa
  • Repsol

Medios

  • Agrupacion Aevecar
  • Portal MundoPetroleo
  • Tecnipublicaciones

Organismos

  • Associacions Empresarials – CAEB
  • Cambra de Comerç – Eivissa i Formentera
  • Cambra de Comerç – Mallorca
  • Cambra de Comerç – Menorca
  • Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient i Territori
  • Govern de les Illes Balears

Entradas recientes

  • El Gobierno no descarta nuevos impuestos a coches diésel
  • Procedimiento para Devolución del Céntimo Sanitario.
  • El precio del petróleo marca mínimos desde febrero
  • Consumo de carburantes.
  • Entra en vigor el céntimo sanitario

Comentarios recientes

  • Administrador en Piñeyro Revestimientos
  • Administrador en Bienvenidos a nuestra Web

Archivos

  • mayo 2012
  • abril 2012
Aesba.net © aesba@aesba.net