Se informa que en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, aún en fase de tramitación, se prevé la derogación del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Por ello, se propone integrar el tipo impositivo autonómico en el tipo estatal especial al objeto de garantizar la unidad de mercado en el ámbito de los combustibles y carburantes, y todo ello dentro del marco normativo comunitario que prohíbe la regionalización del impuesto.

Esta derogación no supone la reducción del impuesto sobre hidrocarburos. Es decir, se decide suprimir la capacidad normativa que tienen las Comunidades Autónomas para regular el tipo de gravamen autonómico del impuesto, dentro de los baremos establecidos por la Ley. En este sentido, el Estado asume íntegramente la capacidad normativa y recaudatoria del tributo, pero al mismo tiempo se incrementa el tipo estatal especial sumando el tramo autonómico, que se pretende derogar, a tipo máximo

En la práctica, las Comunidades Autónomas que no aplican el tramo autonómico (Castilla y León, Cantabria, La Rioja, País Vasco, y Navarra) y las que aplican un tipo inferior al tipo máximo (Madrid, Extremadura y Aragón) verán incrementados el impuesto sobre hidrocarburos, mientras que el resto de Comunidades Autónomas no sufrirán modificación alguna, salvo en la forma de declarar e ingresar el impuesto en las declaraciones tributarias y la repercusión del mismo en las facturas correspondientes.

Se prevé la entrada en vigor de la derogación del tramo autonómico con efectos desde el 1 de enero de 2019.

FUENTE: FIDE ASESORES LEGALES